AYUDAS A LA COMPRA DE COMBUSTIBLE Y AYUDAS DIRECTAS
el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, en el que se han incluido las ayudas a la compra de combustible y las ayudas directas al sector que fueron pactadas con el Comité Nacional el 24 de marzo de 2022.
Las medidas que contiene este Real Decreto-Ley, que afectan al transporte de mercancías por carretera son las siguientes:
Bonificación del precio final de los combustibles:
La duración es del 1 de abril de 2022 hasta el 30 de junio de 2022
Los productos que se benefician de ello son:
Gasolina
Gasóleo A y A+
Gasóleo B
GLP
GNC
GNL
Bioetanol
Biodiesel
Mezclas de gasolina o gasóleo con bioetanol o biodiesel
AdBlue
La bonificación será de 0,20€ por litro o kilogramo de producto y se aplicará sobre el precio de venta al público.
• Ayudas directas:
Los beneficiarios de la ayuda son los autónomos y las sociedades con personalidad jurídica, constituidas en España. Estos tendrán que ser titulares de una autorización MDPE (vehículos pesados) o MDLE (vehículos ligeros).
- Hay una dotación de 450 millones de euros. Como se pactó con el Comité Nacional.
- Los encargados de dar esta ayuda son: la Agencia estatal de Administración Tributaria, las Instituciones Navarras y las Instituciones Vascas.
- Las ayudas se darán de la siguiente forma:
-Mercancías pesada (MDPE, más de 3,5 toneladas): 1.250€ por vehículo.
-Mercancías ligero (MDLE, entre 2,5 y 3,5 toneladas): 500€ por vehículo.
A un mismo beneficiario no se le podrá dar un importe en ayudas superior a 400.000€.
o Los vehículos que pueden beneficiarse deben de estar inscritos en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte antes del 29 de marzo de 2022.
Para solicitarla habrá que presentar una solicitud en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando un formulario electrónico, en el que deberá figurar necesariamente la cuenta bancaria en la que se desee recibir la ayuda. El plazo de presentación finaliza el 30 de abril de 2022.
La ayuda acordada se abonará mediante transferencia, entendiéndose esta como el acuerdo de concesión de la ayuda.
Se entenderá desestimada la petición de la ayuda si en el plazo de un mes, desde la finalización del plazo de presentación (30 de mayo de 2022), no se hubiera efectuado el pago. Contra la desestimación se podrá presentar un recurso de reposición y reclamación económica-administrativa.
Devolución del gasóleo profesional:
Esta medida está presente en la Disposición final decimoquinta.
Se modifica el artículo 8 de la Orden HAP/290/2013, por la que se establece el procedimiento de devolución del gasóleo profesional. Esta modificación cambia que la devolución pase de un plazo trimestral a mensual, así como se acordó y se pactó por el Comité Nacional.
El procedimiento para pedir la devolución seguirá igual. La mención que se hace a las solicitudes en papel es en relación a una manera que tienen de solicitarlo las empresas extranjeras.
La entrada en vigor de este Real Decreto-Ley es al día siguiente de la publicación de este en el Boletín Oficial del Estado. Las bonificaciones en el combustible se empezarán a dar a partir del 1 de abril de 2022.