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Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.

10 feb 2010

La Justicia censura los excesos sancionadores de Hacienda

Sentencia 1055/09 Tribunal Superior de Justicia de Murcia

El Tribunal Superior de Murcia anula una sanción de 143.000 euros impuesta a una empresa por no presentar liquidaciones de pagos a cuenta en Sociedades cuando en realidad la Administración sólo sufrió una pérdida de 20.100 euros en intereses.

Los criterios sancionadores de Hacienda pasan con dificultad el examen de los tribunales y más todavía en época de crisis, en la que una multa puede significar un varapalo importante en la situación financiera de cualquier empresa. Una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Murcia –Rº 272/05, de 23-XI-2009– ha considerado desproporcionada la multa girada por la Inspección –y confirmada por el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR)– al no haberse tenido en cuenta las circunstancias reales del caso porque el quebranto real provocado a la Administración fue muy inferior a la sanción que se impuso, excesivamente elevada.

De esta forma, se consolida la postura mantenida por otros tribunales superiores de justicia en la que se está exigiendo a Hacienda que en los pagos a cuenta realizados por las empresas sólo puede exigir que se le compense el perjuicio por los intereses de demora. No hacerlo de esta forma representa una actuación “injusta y desproporcionada”.

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