Aprobado por Resolución de 24 de octubre de 2011, de la Secretaría Estado para la Función Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2012, a efectos de cómputo de plazo. B.O.E. num. 266, viernes 04-11-2011.
El calendario de días inhábiles es el que hay que tener en cuenta a efectos del cómputo de plazos administrativos, que resulta de aplicación a la Administración General del Estado y a sus Organismos Públicos. En él se hace, además, una enumeración acerca de qué días tienen la consideración de inhábiles a estos efectos, lo que da cabida a que las Entidades que integran la Administración Local puedan establecer también su propio calendario de días inhábiles.
Este calendario, además de publicarse en el B.O.E. y en otros medios de difusión que garanticen su general conocimiento, de acuerdo con lo previsto en el art. 26.5 de la Ley 11/2007, también han de figurar expresamente en todas las sedes electrónicas de las Administraciones Públicas, aunque podamos apreciar en “algunas” su no inclusión, supongo que debido a la cercanía de su publicación.