La Agencia Tributaria ha publicado en el Boletín Oficial del Estado
las directrices generales del Plan de Control Tributario 2013, principal
instrumento de planificación de la Agencia en la lucha contra el fraude. El
objetivo presupuestario marcado para este ejercicio es obtener unos ingresos de
9.130 millones de euros de efecto recaudatorio directo, lo que supone un 11,7%
más que la meta fijada para 2012.
En esta ocasión, el
Plan de Control viene claramente marcado por la puesta en marcha de la Ley
7/2012 de intensificación de actuaciones para la prevención y lucha contra el
fraude, incluyendo más de una decena de líneas de actuación directamente
relacionadas con esta norma.
La Agencia Tributaria,
por tanto, vigilará desde el primer momento el cumplimiento de las nuevas
exigencias que marca la Ley 7/2012, y aprovechará las nuevas herramientas que
ofrece para el control tributario. Entre otras prioridades del Plan de Control
2013 relacionadas con la ley antifraude, destacan las siguientes:
- Control de pagos en efectivo.
Análisis de las denuncias que se reciban sobre el incumplimiento de la
limitación de pagos en efectivo a 2.500 euros. También se prestará especial
atención a la existencia de transacciones respecto de las que no pueda
determinarse el medio de pago utilizado y, de igual forma, se hará un especial
seguimiento de los movimientos de efectivo en aduanas para detectar cantidades
que superen el límite autorizado.
- Limitación del régimen de módulos. Se comprobará la
evolución de los contribuyentes que quedan excluidos del régimen de estimación
objetiva a partir de la entrada en vigor de la ley antifraude para perseguir
aquellas actuaciones dirigidas a permanecer artificialmente en el régimen. Habrá un especial seguimiento de los
empresarios que facturen a otros empresarios una parte significativa de sus
operaciones para, cuando proceda de acuerdo con la Ley 7/2012, promover su
exclusión del régimen.
- Nueva información
sobre bienes y cuentas en el extranjero. La Agencia comprobará la situación
tributaria de contribuyentes que, no habiendo presentado la nueva declaración
informativa, ofrezcan indicios de operaciones con el extranjero que permitan
presumir la existencia de bienes y derechos ocultos fuera de nuestras
fronteras. En el caso de contribuyentes deudores, la declaración informativa se
aprovechará para impulsar peticiones de asistencia mutua a otros Estados
miembros de la Unión Europea al efecto de adoptar medidas cautelares o embargar
bienes.
- Aplicación de la
inversión del sujeto pasivo en el IVA para la entrega de inmuebles y para
subcontratistas. Para las operaciones previas a la entrada en vigor de la
Ley 7/2012, continuará la persecución de tramas organizadas que pretenden
devoluciones de IVA mediante la transmisión de inmuebles sin contenido
económico real. En las nuevas operaciones, se vigilará el cumplimiento efectivo
de la regla de inversión del sujeto pasivo, tanto en las entregas de inmuebles
como en el ámbito de los subcontratistas.
- Impulso a las
medidas cautelares para evitar vaciamientos patrimoniales. Los órganos de
recaudación, en colaboración con las áreas de Gestión, Inspección y Aduanas,
adoptarán las medidas cautelares necesarias para asegurar el cobro de la deuda
ante cualquier sospecha fundada de impago. La meta marcada para 2013 es
incrementar las medidas cautelares un 20% sobre el objetivo del año anterior,
superando las 3.500. En casos de presunto delito fiscal se podrá actuar
incluso antes del envío del expediente a la Fiscalía, según lo previsto en la
Ley 7/2012, y se investigará el patrimonio de los imputados para detectar
conductas de vaciamiento patrimonial o insolvencias punibles. Además, se
potenciará la adopción de acuerdos de prohibición de disponer de inmuebles de
una sociedad cuando se hayan embargado acciones del deudor.
- Derivaciones de responsabilidad. Las principales medidas a llevar a cabo para luchar contra el fraude en
la fase recaudatoria se centrarán en las derivaciones de responsabilidad.
En este ámbito, se enfatizarán las actuaciones tendentes a la aplicación de los
supuestos de levantamiento del velo, administradores de hecho y responsables
solidarios por ocultación de bienes, aprovechando las mejoras establecidas por
la Ley 7/2012.
-Actuaciones
fraudulentas en el ámbito concursal. Aprovechando los cambios normativos
establecidos en la ley antifraude, se procederá a la inadmisión inmediata de
las solicitudes de aplazamiento de deudas que sean consideradas créditos contra
la masa (posteriores a la fecha de declaración del concurso) y se vigilará la
necesaria declaración separada de las cuotas de IVA devengadas antes y después
de la fecha del concurso, así como la total compensación de los saldos
pendientes antes de dicha fecha.