Hacienda
embarga 542 cajas de seguridad bancarias a contribuyentes que deben al fisco
319 millones.
Los bienes encontrados en las mismas se subastarán y si se trata de dinero
en efectivo, se usará para liquidar las deudas MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -La Agencia Tributaria
ha embargado 542 cajas de seguridad en 270 sucursales bancarias en todo el
territorio nacional de contribuyentes con deudas con la Hacienda Pública por
319 millones de euros, dentro de un plan especial lanzado esta misma mañana,
según informaron fuentes de este departamento.
El plan se ha desarrollado de forma simultánea en todo
el territorio nacional, con el despliegue de más de 660 funcionarios de la
Agencia Tributaria, afectando a 551 deudores (entre personas físicas y
jurídicas), titulares o cotitulares de 542 cajas de seguridad, que mantienen
con la Hacienda Pública una deuda de 319 millones de euros en fase de embargo.
Las actuaciones se han llevado a cabo en 270
sucursales de un total de 24 entidades financieras. A partir de ahora se inicia
un proceso de notificación al deudor y, en su caso, se procederá a la posterior
apertura de las cajas e inventariado de los bienes susceptibles de embargo.
Fuentes de la Agencia Tributaria indicaron a Europa
Press que con esta actuación, absolutamente novedosa en los procedimientos
llevados a cabo por el organismo, se trata de cobrar una deuda en fase de
embargo a contribuyentes que, en muchos casos, se declaran insolventes para
hacer frente al pago de dichas deudas.
DINERO,
JOYAS O METALES PRECIOSOS.
Con el plan lanzado este miércoles, la Agencia
Tributaria pretende verificar si los deudores que son titulares de estas cajas
de seguridad disponen de bienes como dinero en efectivo, joyas, metales
preciosos u otros bienes muebles no declarados u ocultos a la Hacienda Pública
y, en su caso, proceder a su embargo.
Asimismo, trata de luchar contra la economía sumergida
y, en caso de descubrir en las cajas de seguridad bienes que no se corresponden
con el nivel de renta declarada por el contribuyente, proceder a su
regularización.
Una vez efectuadas las actuaciones de embargo, la
Agencia Tributaria notificará las actuaciones a los deudores, emplazándoles en
la sucursal de la entidad financiera para proceder a la apertura de las cajas e
inventariar los bienes y derechos embargables, para lo que solicitará la
autorización judicial pertinente si no existe conformidad por parte del deudor.
En el caso de que el contenido de las cajas sea dinero
en efectivo, Hacienda procederá a liquidar con él las cantidades que adeuda el
contribuyente, y cuando se trate de otro tipo de bienes y derechos, se
procederá a su venta dentro del procedimiento administrativo de apremio,
generalmente mediante subasta.
La actuación, que se ha desarrollado de forma
simultánea y por sorpresa por razones de “oportunidad y eficacia”, ha contado
previamente con una selección del colectivo de deudores, partiendo previamente
de información relativa a titulares de cajas de seguridad con entidades
financieras y con deudas de gran volumen en fase de embargo.
Los embargos se han llevado a cabo con autorización
administrativa, autorización que, de acuerdo con la Ley General Tributaria,
habilita para la entrada en las sucursales de las entidades financieras a
efectos de declarar embargado el contenido de las cajas de seguridad
seleccionadas y proceder al aseguramiento de las mismas mediante su precinto.
ACTUACIÓN
CONTEMPLADA EN EL PLAN DE CONTROL.
La Agencia Tributaria enmarca esta actuación dentro de
las directrices fijadas en el Plan de Control Tributario de 2013, en el que se
contemplaban una serie de actuaciones para el descubrimiento de deudores ante
la Hacienda Pública que, no habiendo satisfecho sus obligaciones fiscales y no
disponiendo de bienes conocidos por Hacienda, sin embargo son titulares de
contratos de cajas de seguridad abiertas en entidades financieras.
En el caso concreto del control del fraude en fase
recaudatoria, el plan de control prevé la personación de los órganos de
Recaudación en los expedientes de mayor complejidad recaudatoria, con el objeto
de recabar información patrimonial ‘in situ’, así como llevar a cabo los
embargos sobre los bienes muebles que pudiera ser necesario realizar,
especialmente cuando se trate de deudores con deudas en un periodo ejecutivo de
cuantía significativa.