El Ministerio de Economía y
Hacienda ha elaborado recientemente el Proyecto de Orden por la que se desarrollan
para el año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF, así como el régimen
especial simplificado del IVA, coloquialmente denominado régimen de módulos,
para su próxima aprobación y publicación en el BOE.
Los módulos del IVA e IRPF se mantienen idénticos a los de
2014.
A partir de 2016 sólo se podrán
acoger a dicho régimen los transportistas que no facturen más de 75.000 euros
anuales a empresas.
El Ministerio de Economía y
Hacienda ha elaborado el Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el
año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial
simplificado del IVA (coloquialmente denominado régimen de módulos) para su
próxima aprobación y publicación en el BOE.
Cabe recordar que para 2015 es el
último año en que se mantiene el límite máximo de 300.000 euros de facturación
en el año anterior para poder continuar acogido a dicho régimen. Por el contra,
a partir de 2016 se reduce sensiblemente el límite máximo que permite acogerse
a dicho régimen, ya que se establece un límite de facturación anual en el año
anterior de 150.000 euros, y siempre que su facturación a empresas o
profesionales no supere los 75.000 euros, lo que prácticamente expulsará del
régimen de módulos a la mayor parte de los transportistas autónomos que en la
actualidad tributan por dicho régimen.
En el proyecto de Orden de
módulos para 2015 se mantiene idéntico el importe de los módulos que se aplican
este año. Así, por lo que se refiere al sector del transporte en sus diferentes
subsectores, el proyecto establece lo siguiente:
En el IRPF todas las actividades
mantienen los mismos módulos establecidos en 2014, previéndose una reducción
general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto al año 2014 como a
2015. En consecuencia los módulos de IRPF de las actividades de transporte de
mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedarían
como sigue:
Transporte de mercancías:
10.090,99 euros de personal no asalariado, 2.728,59 euros de personal
asalariado y 126,21 de carga del vehículo.
Transporte de viajeros en
autobús: 16.016,97 euros de personal no asalariado, 2.981,02 euros de personal
asalariado y 121,40 de asiento del vehículo.
En el IVA, se mantienen también
los mismos módulos que en 2014. En consecuencia los módulos del IVA de las
actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de
viajeros (721.1 y 721.3) quedaría como sigue:
Transporte de mercancías:
4.149,99 euros de personal empleado y 388,55 de carga del vehículo.
Transporte de viajeros en
autobús: 1.700,62 euros de personal empleado y 79,72 de cada asiento del
vehículo.