La Administración Publica.

Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.

19 nov 2014

El Ministerio de Hacienda elabora el Proyecto de Orden de módulos para 2015



El Ministerio de Economía y Hacienda ha elaborado recientemente el Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF, así como el régimen especial simplificado del IVA, coloquialmente denominado régimen de módulos, para su próxima aprobación y publicación en el BOE.

Los módulos del IVA e IRPF se mantienen idénticos a los de 2014.

A partir de 2016 sólo se podrán acoger a dicho régimen los transportistas que no facturen más de 75.000 euros anuales a empresas.   

El Ministerio de Economía y Hacienda ha elaborado el Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2015 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (coloquialmente denominado régimen de módulos) para su próxima aprobación y publicación en el BOE.

Cabe recordar que para 2015 es el último año en que se mantiene el límite máximo de 300.000 euros de facturación en el año anterior para poder continuar acogido a dicho régimen. Por el contra, a partir de 2016 se reduce sensiblemente el límite máximo que permite acogerse a dicho régimen, ya que se establece un límite de facturación anual en el año anterior de 150.000 euros, y siempre que su facturación a empresas o profesionales no supere los 75.000 euros, lo que prácticamente expulsará del régimen de módulos a la mayor parte de los transportistas autónomos que en la actualidad tributan por dicho régimen.

En el proyecto de Orden de módulos para 2015 se mantiene idéntico el importe de los módulos que se aplican este año. Así, por lo que se refiere al sector del transporte en sus diferentes subsectores, el proyecto establece lo siguiente:

En el IRPF todas las actividades mantienen los mismos módulos establecidos en 2014, previéndose una reducción general en el rendimiento neto de un 5% aplicable tanto al año 2014 como a 2015. En consecuencia los módulos de IRPF de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedarían como sigue:

Transporte de mercancías: 10.090,99 euros de personal no asalariado, 2.728,59 euros de personal asalariado y 126,21 de carga del vehículo.

Transporte de viajeros en autobús: 16.016,97 euros de personal no asalariado, 2.981,02 euros de personal asalariado y 121,40 de asiento del vehículo.

En el IVA, se mantienen también los mismos módulos que en 2014. En consecuencia los módulos del IVA de las actividades de transporte de mercancías (722 y 849.5) y de transporte de viajeros (721.1 y 721.3) quedaría como sigue:

Transporte de mercancías: 4.149,99 euros de personal empleado y 388,55 de carga del vehículo.


Transporte de viajeros en autobús: 1.700,62 euros de personal empleado y 79,72 de cada asiento del vehículo.