Cinco puntos clave que no vienen en el borrador
Para los más rezagados de la
Campaña de la Renta, antes de confirmar el Borrador les aconsejo que revisen
cinco puntos clave para evitar dejar sin efecto algunos detalles que les pueden
favorecer en unos casos, y evitar recibir posteriormente una liquidación provisional en otros.
1.- Cambio de situaciones personales
Existen diferentes datos
personales que la AEAT dispone pero que debemos revisar y en su caso,
actualizar, sobre todo por su relevancia en el caso de deducción,
fundamentalmente: Un matrimonio, un divorcio, nuevos hijos, discapacidad y descendientes
mayores de 65 años incorporados a la estructura familiar.
2.- Rentas del trabajo
Los datos que aparecen son los
declarados por los pagadores. Pero hay tres conceptos que no suelen aparecer
por falta de información suministrada por el cobrador: Cuotas sindicales, cuotas
colegiales (cuando la colegiación es obligatoria para el trabajo a realizar) y
gastos de defensa jurídica.
3.- Rentas inmobiliarias
Una información que no suele
aparecer es la de las posibles deducciones por alquiler. Importante además, informar
del cambio de residencia para poder aprovechar las deducciones de vivienda
habitual.
También se suelen producir
errores en la información sobre pagos de hipoteca y derecho a deducción por
inversión en vivienda habitual. Recordamos que no sólo resultan deducibles el
importe del capital e intereses amortizados, también las primas de seguro
pagadas cuando en el contrato de préstamo hipotecario se incluye la
obligatoriedad de formalizar cualquier seguro, en cuyo caso, dichas primas también
resultan deducibles. No aparece la información referida a derechos de deducción
por determinadas obras de rehabilitación de la vivienda habitual que también
permiten la deducción.
Importante: En caso de viviendas
en propiedad alquiladas, no figuran los datos de ingresos o gastos a imputar.
4.- Ganancias patrimoniales
Aun disponiendo de todos los
datos de transmisión de inmuebles, la AEAT solo informa del inmueble
transmitido, referencia catastral y fecha de transmisión, pero no así del precio
de venta. En la posible determinación de ganancia patrimonial deben
incorporarse todos los gastos de compra y de venta y los ajustes por inflación
que afectan a la plusvalía realmente generada. En estos casos, no se podrá
confirmar el borrador, sino que habrá que presentar la correspondiente
Declaración Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
5.- Planes PIVE y otras subvenciones
Estas ayudas/subvenciones son
ganancias patrimoniales y deben reflejarse en la declaración, bien sean por el
plan pive o por ayudas a compra de vivienda por jóvenes (AYUDA DIRECTA A LA
ENTRADA, A.E.D.E.); La AEAT dispone de esta información pero no están incluidos
en los datos fiscales facilitados con el borrador.