La Administración Publica.

Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.

25 oct 2017

Cambios en la fiscalidad de los autónomos


Si usted es empresario individual, a partir de 2018 le serán de aplicación algunos cambios fiscales. Vea los más importantes, que afectan a los gastos por suministros y a los gastos por manutención.

En el propio domicilio
Suministros. Si desarrolla su actividad desde su domicilio, puede deducir los gastos derivados de la titularidad de su vivienda (IBI, Comunidad, Seguros, Amortización, Intereses de Préstamos por compra del inmueble…) EN PROPORCION A LA SUPERFIE UTILIZADA EN LA ACTIVIDAD. ¡Atención! No obstante, respecto a los suministros (teléfono, luz, agua, gas, Internet…) Hacienda es reacia a admitir su deducción, ni siquiera en forma proporcional.
Deducibles en un 30%. Pues bien, a partir de 2018 una parte de dichos gastos por suministros será deducible. En concreto:
·         Deberá calcular la proporción entre los metros cuadrados de vivienda utilizados en la actividad y los metros cuadrados totales.
·         Y sobre esa proporción deberá aplicar el 30%. Apunte. El resultado será el porcentaje de gastos por suministros que se podrá deducir.

Ejemplo

Datos. Su vivienda tiene una superficie de 110 m2, y usted utiliza un despacho y una pequeña sala de estar en su actividad económica (25 m2, el 22,73% de la superficie). Apunte. Si sus gastos anuales por suministros ascienden a 3.000 euros, podrá deducir 205 euros (3.000 X 22,73% X 30%), lo que supone el 6,83% de los gastos totales.

Prueba en contra. Si en su actividad los consumos son bajos, es posible que deducirse ese porcentaje ya sea suficiente (por ejemplo, si se dedica a la traducción de textos y sólo consume Internet y electricidad) ¡Atención! No obstante, si considera que su gasto es más elevado y puede acreditarlo, podrá deducirse un porcentaje superior.

·         Contadores. Una opción es mantener contadores de suministros y teléfono separados.
·         Histórico. Si ha iniciado la actividad recientemente y los consumos medios antes de iniciarla eran muy inferiores a los actuales, podrá deducirse la diferencia.


Gastos de manutención
Restaurantes y hoteles. La segunda gran novedad hace referencia a la deducción de los gastos de manutención y estancia derivados de la actividad. Así pues, si al visitar a sus clientes incurre en gastos de restaurante para su propia manutención, podrá deducirlos con los siguientes límites:

Concepto
España
Extranjero
Sin pernocta
26,67
48,08
Con pernocta
53,34
91,35

Apunte. Por tanto, podrá deducir los gastos de manutención soportados en su propio municipio, siempre que estén relacionados con la actividad. En todo caso:

·         Los gastos deberán satisfacerse por medios telemáticos (por transferencia bancaria o con tarjeta bancaria)

·         Guarde evidencias de que están relacionados con la actividad: no se deduzca gastos soportados en días inhábiles y conserve los documentos que acrediten los desplazamientos (recibos de peajes, parking, agenda y correos intercambiados con el cliente, pedidos concertados, etc.)