La Administración Publica.

Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.

24 mar 2017

Campaña de Renta 2016



Portal de campaña de Renta 2016






El 5 de abril comienza la campaña de Renta 2016 cuya novedad más significativa es la generalización de Renta WEB como único servicio de confección y presentación de la declaración de la Renta, para todo tipo de rentas, incluidas las de actividades económicas.

Esto supone que Renta 2016 será la primera campaña sin el programa PADRE, desde su creación.

Renta WEB puede utilizarse con cualquier tipo de dispositivo y desde cualquier lugar con conexión a Internet, lo que permite iniciar la declaración en un dispositivo y finalizarla en otro diferente, ya que la información se almacena en el servidor de la Agencia Tributaria.

Con motivo de la generalización del "Servicio tramitación borrador / declaración (Renta WEB)", se ha adelantado la publicación en Internet del Portal de campaña de Renta 2016 con todos los contenidos informativos disponibles, así como el servicio de obtención del número de referencia. Se adelanta a la misma fecha la publicación del Portal de Patrimonio 2016.

20 ene 2017

ULTIMA HORA: Hacienda permite los aplazamientos de deuda a autónomos y pymes en 2017



Finalmente los autónomos sí podrán aplazar sus deudas fiscales en este 2017 que acaba de comenzar. Después de semanas de negociación entre colectivos de autónomos como ATA y gobierno para impedir el endurecimiento de los aplazamientos de deuda fiscal el resultado ha sido positivo y el ejecutivo ha dado marcha atrás.

La Agencia Tributaria ha publicado hoy mismo una instrucción que precisa el Real Decreto del pasado diciembre sobre el régimen de aplazamientos y facilita que autónomos y pymes continúen fraccionando y aplazando, durante 12 meses  en el caso de los primeros y 6 meses en los segundos, y sin aval aquellas deudas tributarias, que no superen los 30.000 euros, con excepción de las retenciones del Impuesto de la Renta de los trabajadores del autónomo y los pagos fraccionados de Sociedades. Esta instrucción restablece exactamente el sistema anterior de aplazamientos con la única diferencia del límite de plazos.

Aunque la nota informativa sobre la instrucción que ha publicado Hacienda no hace expresa referencia a pymes se espera que esta semana se informe de una nueva instrucción técnica que las incluya sin dejar lugar a a duda de su aplicación sobre las pymes.

La decisión supone un gran alivio para autónomos y pymes que en diciembre veían truncada la posibilidad de aplazar los pagos fiscales ante la falta de liquidez. La medida, protagonista de las novedades para autónomos y pymes en 2017, llega antes del término del mes de enero, momento en que vence la última liquidación del IVA correspondiente a 2016.

Enlace al texto integro de la Instrucción de la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaría, sobre Gestión de Aplazamientos y Fraccionamientos de Pago.