La Administración Publica.

Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.

22 dic 2009

REMUNERACIONES CONSEJO DE ADMINISTRACION

La remuneración de los miembros del Consejo de Administración sólo resulta deducible cuando
los estatutos hayan establecido su cuantía de forma determinada o perfectamente determinable.
Dicha regla resulta aplicable incluso respecto de los Consejeros que, desarrollando únicamente las
actividades propias de su cargo, hayan sido dados de alta por la sociedad en la Seguridad Social.

Tipo de Resolución: Sentencia
Ponente: ANGEL AGUALLO AVILÉS
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
Nº de Recurso: 2578/2004
13/11/2008.



La Agencia Tributaria tiene el deber de justificar y razonar el fraude tributario

La Agencia Tributaria tiene el deber de justificar y razonar el fraude tributario en caso de falta de ingreso de un tributo realizado por autoliquidación


Tras realizar la autoliquidación del Impuesto de Sociedades una empresa resultó sancionada por la administración. La Agencia Tributaria argumentaba en la resolución sancionadora que la empresa había realizado una infracción grave por la deducción de algunos gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades.

En la presente resolución el Tribunal Supremo considera que la Administración tributaria realizó "de facto" una inversión de la carga de la prueba, y considera que no debiera ser el contribuyente quien debiera probar su buen hacer sino la administración quien debe probar la existencia de fraudes maliciosas para argumentar su sanción.

Sostiene el alto Tribunal que "sólo cuando la Administración ha razonado, en términos precisos y suficientes, en qué extremos basa la existencia de culpabilidad, procede exigir al acusado que pruebe la existencia de una causa excluyente de la responsabilidad"

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secc. 2ª, de 6 junio 2008

Tribunal: Tribunal Supremo
Fecha: 06/06/2008
Jurisdicción: Contencioso-Administrativa
Recurso de Casación 146/2004
Ponente: Excmo. Sr. D. Angel Aguallo Aviles

TRIBUTOS: Procedimiento para sancionar las infracciones tributarias: procedimiento: motivación: inexistencia: la Administración tributaria no motiva mínimamente los hechos o circunstancias de los que deduce que el obligado tributario ha actuado culpablemente: confirmación de la sanción porque no ha explicitado en qué interpretación alternativa y razonable ha fundado su comportamiento: equivale, simple y llanamente, a invertir la carga de la prueba: vulneración del principio de presunción de inocencia: nulidad.