El tipo de interés de demora tributario (LGT art.26.6) se establece, durante el año 2010, en el 5%.
El tipo de interés legal del dinero se establece, durante el año 2010, en el 4%.
La Administración Publica.
Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.
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