La Administración Publica.

Webblog personal de Rafael Moral Gutiérrez. En unos tiempos de máxima actividad de la Administración Tributaria, hay que estar preparado, de ahí que tener un conocimiento lo mas amplio posible sobre el procedimiento tributario y los distintos tributos, nos garantiza, no siempre, éxito frente a la Administración.

30 dic 2009

IRPF - Reducción por obtención de rendimientos del trabajo

Se establece, para el ejercicio 2010, el importe de las reducciones por obtención de rendimientos del trabajo.


Con vigencia exclusiva para el ejercicio 2010, el rendimiento neto del trabajo puede minorarse en las siguientes cuantías:

a) 4.080 euros anuales: cuando los rendimientos netos del trabajo sean iguales o inferiores a 9.180 euros.

b) 4.080 euros menos el resultado de multiplicar por 0,35 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 9.180 euros anuales: cuando los rendimientos netos del trabajo estén comprendidos entre 9.180,01 y 13.260 euros anuales.

c) 2.652 euros anuales: cuando los rendimientos netos del trabajo sean superiores a 13.260 euros o el contribuyente tenga otras rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros.

Esta reducción se incrementa en el 100% en el caso de trabajadores activos mayores de 65 años que continúen o prolonguen la actividad laboral y en el caso de contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.

Por su parte, el rendimiento neto del trabajo se reduce en 3.264 euros anuales para las personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos. Esta reducción será de 7.242 euros anuales si acreditan necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

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